La reforma electoral en Santa Fe y las nuevas reglas del juego del poder político de cara al 2027

La reforma electoral en Santa Fe y las nuevas reglas del juego del poder político de cara al 2027

La reforma electoral en santa fe ha tomado una centralidad vertiginosa dentro de la Legislatura provincial, convirtiéndose en uno de los debates políticos e institucionales más intensos del año. Tras la actualización del marco constitucional de la provincia, la necesidad de adecuar las normas que rigen la representación popular, la vida interna de los partidos y la organización de los comicios se presentó como el argumento oficial para impulsar un nuevo diseño normativo.

En el seno de la Cámara de Diputados, un dictamen de mayoría unificó diversas iniciativas promovidas por bloques parlamentarios como el Bloque Socialista, UCR – Unidos para Cambiar Santa Fe, PRO, Frente Amplio por la Soberanía, DB, UNO y Unite por Santa Fe. El proyecto busca sancionar un Código Electoral y de Partidos Políticos integral que reemplace el entramado de leyes dispersas y regule, en más de un centenar de artículos, desde las garantías del sufragio hasta el funcionamiento de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), la arquitectura de la Boleta Única de papel y la creación de fuero judicial especializado.

Sin embargo, cuando se observa el proceso de discusión desde los micrófonos de la prensa independiente y el análisis ciudadano, la reforma electoral en santa fe revela aristas fuertemente polémicas. Lejos de ser un mero ajuste técnico inocuo, diversos pasajes del proyecto evidencian ventajas tácticas diseñadas a la medida de la coalición de gobierno, cláusulas que atentan contra la pluralidad democrática de las fuerzas minoritarias y una preocupante desconexión entre las prioridades de la dirigencia y las urgencias reales de la población.

A continuación, desplegamos un análisis exhaustivo y crítico sobre los diez ejes centrales de esta reforma, integrando la mirada jurídica, la lectura de la trastienda partidaria y el impacto directo sobre el electorado santafesino.

1. Orden Público e Instrumentalización del Marco Normativo

El punto de partida del nuevo Código Electoral y de Partidos Políticos es la declaración de sus disposiciones como normas de orden público. En términos estipulados por el texto normativo, esto significa que las reglas procesales, los plazos del cronograma y las garantías del sufragio no pueden ser alteradas por convenios particulares entre los partidos o acuerdos de cúpula dentro de un frente electoral.

La legislación pretende abarcar la totalidad de las instancias electivas en el territorio provincial, siendo de cumplimiento obligatorio tanto para las agrupaciones políticas locales como para las fuerzas nacionales reconocidas por la Justicia Nacional Electoral que compitan en comicios provinciales, municipales o comunales. La norma define formalmente conceptos operativos como autoridad de mesa, cabina de votación, campaña electoral y el uso del instrumento de la Boleta Única de papel.

No obstante, la perspectiva crítica frente a este marco formal cuestiona que, bajo la aparente búsqueda de certeza jurídica y transparencia, la reforma electoral en santa fe formaliza reglas de juego orientadas a consolidar el dominio de las grandes estructuras partidarias. La inclusión de cláusulas rígidas bajo la etiqueta de orden público sirve, en la práctica, para cerrar el sistema político y limitar el margen de maniobra de nuevas alternativas ciudadanas que intenten disputar espacios de representación sin contar con grandes aparatos territoriales o económicos.

2. El Piso Electoral del 4%: El Ahogo a las Minorías y el Triunfo de la Rosca

Uno de los aspectos más cuestionados de la reforma electoral en santa fe es la elevación del umbral o piso electoral al 4% del padrón electoral o de los votos emitidos para que una lista pueda participar en la adjudicación de cargos en las elecciones generales.

Esta medida asesta un golpe directo a los partidos pequeños, las fuerzas vecinales y las corrientes de opinión emergentes. En el ecosistema político santafesino, las estructuras de menor escala han funcionado históricamente como un canal de expresión para sectores que no se sienten representados por los dos grandes polos de poder. Con el nuevo piso del 4%, se impone una barrera de acceso desproporcionada: si una agrupación no alcanza ese porcentaje en los comicios generales, la lista desaparece de la distribución de bancas, ignorando y desperdiciando el respaldo concreto de miles de electores que optaron por esa propuesta.

«Lógicamente que este es un problema que ataña a los partidos minoritarios a las fuerzas minoritarias que por ahí no llegan a ese porcentaje y aún teniendo electores a que los acompañan al no llegar a ese porcentaje en las generales la lista desaparece, y por ahí eso los obliga a estos pequeños partidos, digamos los chicos, a tener que hacer un frente electoral con las fuerzas mayoritarias» Jorge Silva

Los defensores de la norma argumentan que este filtro evita la fragmentación legislativa y favorece la gobernabilidad. Sin embargo, para la ciudadanía crítica, el resultado de la reforma electoral en santa fe en este punto es un empobrecimiento de la oferta electoral, forzando a los votantes a elegir entre opciones masivas o resignarse al voto en blanco, destruyendo el espíritu de representación proporcional y pluralista que debe regir en una verdadera democracia.

3. PASO Múltiples para Vicegobernador: Una Solución «A la Medida» de la Alianza Oficialista

Si hay un elemento que sintetiza la astucia procedimental de la reforma electoral en santa fe, es la insólita regulación que se pretende introducir para la categoría de vicegobernador en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).

La propuesta legislativa habilita un esquema de candidaturas cruzadas o múltiples, donde un mismo precandidato a gobernador (por ejemplo, el Postulante A) puede encabezar distintas listas llevando a diferentes precandidatos a vicegobernador (Fórmulas A-B, A-C y A-D) compitiendo entre sí dentro de la misma interna partidaria. Esta figura representa una verdadera singularidad jurídica que ha sido calificada en el análisis periodístico como una «rareza» o directamente una «trampilla electoral».

La razón de ser de este mecanismo no responde a una demanda de la ciudadanía ni a una innovación doctrinaria para mejorar la calidad institucional, sino a la incapacidad de la coalición de gobierno de resolver sus disputas internas. La alianza Unidos para Cambiar Santa Fe reúne a partidos de peso como el Radicalismo y el Socialismo.

Al no existir discusión dentro de la cúpula oficialista sobre el liderazgo para la candidatura a gobernador, las tensiones se trasladaron a la definición del segundo término de la fórmula ejecutiva. Dado que tanto el radicalismo como el socialismo —y otras fuerzas del espacio— reclaman para sí el cargo de vicegobernador y no logran alcanzar un consenso político mediante el diálogo dirigencial, la ley se modifica para trasladar esa disputa a las urnas.

El resultado de esta maniobra es que el Estado provincial y el electorado son utilizados como un mecanismo de resolución de la contienda partidaria de la alianza gobernante. En lugar de asumir el costo político de negociar y construir un binomio equilibrado, la dirigencia «le tira la pelota» al votante para que sea este quien dirima la interna oficialista en las PASO. Esta instrumentalización de las reglas de juego demuestra cómo la reforma electoral en santa fe ha sido moldeada en función de las necesidades coyunturales de la cúpula en el poder.

Reforma electoral en santafe

4. Reorganización de la Boleta Única de Papel: Entre la Agilidad y la Trampa de la Reducción

El sistema de Boleta Única de papel ha sido, desde su adopción, un motivo de orgullo institucional para la provincia de Santa Fe por su contribución a la transparencia y la eliminación de viejas prácticas como el robo de boletas impresas por los partidos. Sin embargo, la forma en que el nuevo texto aborda la dinámica del sufragio vuelve a sembrar dudas sobre sus intenciones profundas.

Tradicionalmente, en los comicios santafesinos la ciudadanía ejerce su derecho al voto recibiendo cinco boletas de colores diferenciados, correspondientes a las cinco categorías electivas: Gobernador, Intendente, Diputados, Senadores y Concejales o Comisiones Comunales.

En el marco de la reforma electoral en santa fe, la iniciativa dispone que, si bien en la instancia de las elecciones primarias se mantendrán las categorías desplegadas para permitir la compulsa de precandidaturas internas, para las elecciones generales la oferta se sintetizará en solo tres boletas únicas.

El discurso oficial sostiene que esta reducción facilitará el acto del sufragio en la cabina de votación, agilizará la labor de las autoridades de mesa y acelerará el escrutinio definitivo. Sin embargo, analistas atentos advierten que el empaquetamiento de categorías en una menor cantidad de hojas impresas puede ocultar candidaturas, arrastrar votos de manera inducida y restar claridad al elector a la hora de cortar boleta o seleccionar diferentes opciones políticas para las autoridades locales y provinciales.

La forma en que se diseñen finalmente estas tres boletas será determinante para evaluar si se trata de un avance técnico o de una maniobra para invisibilizar opciones de menor visibilidad mediática.

5. Institucionalización del Fuero Electoral y la Concentración de la Fiscalización

La iniciativa propone la creación y formalización de la Autoridad Electoral y de Partidos Políticos, precisando las atribuciones administrativas, operativas y jurisdiccionales que quedarán concentradas bajo el control del Juez Electoral y los organismos competentes de la Justicia Electoral provincial.

Entre las facultades asignadas a esta autoridad se destacan:

  • El diseño, confección y actualización permanente del padrón electoral de la provincia.
  • El reconocimiento formal, la inscripción y el control de legalidad de las agrupaciones políticas y alianzas temporales.
  • La oficialización de las listas de candidatos y la fiscalización del cumplimiento de las cuotas de género e inclusión.
  • La distribución y asignación de la pauta publicitaria oficial en medios de comunicación y plataformas digitales.
  • La designación, notificación y capacitación de los ciudadanos que se desempeñarán como autoridades de mesa.
  • La resolución en única instancia de las impugnaciones, denuncias por irregularidades y la realización del escrutinio definitivo.

Si bien la profesionalización y especialización del fuero electoral es formalmente un objetivo deseable, la perspectiva crítica advierte sobre los riesgos de concentrar excesivo poder de arbitraje en estructuras judiciales expuestas a la influencia del poder político de turno. Para que esta autoridad cumpla un rol verdaderamente transparente, resulta indispensable contar con mecanismos independientes de auditoría y con la participación activa de los apoderados de todos los partidos, sin privilegios para las fuerzas mayoritarias.

6. Financiamiento de Campañas y la Apariencia de Control Estatal

El capítulo relativo al régimen económico de los partidos políticos y al financiamiento de la campaña electoral es presentado por los promotores de la ley como un salto cualitativo en materia de transparencia anticorrupción. El articulado establece límites para los aportes privados, prohíbe las contribuciones anónimas o de empresas concesionarias del Estado y fija sanciones para las agrupaciones que no rindan cuentas de sus gastos proselitistas.

No obstante, cuando se analiza el funcionamiento real de la política santafesina, surgen interrogantes sobre la capacidad efectiva de la Justicia Electoral para fiscalizar el flujo de recursos que circulan por fuera de los circuitos bancarios oficiales. Las campañas modernas implican gastos millonarios en consultoría digital, pauta no declarada en redes sociales y movilización territorial que suelen eludir con facilidad los controles normativos.

Además, al elevar los requisitos de rendición contable y exigir estructuras administrativas complejas, la reforma electoral en santa fe vuelve a perjudicar a los espacios chicos. Mientras que las grandes coaliciones cuentan con contadores, abogados y aparatos dedicados exclusivamente a la burocracia electoral, los partidos pequeños sufren penalizaciones por fallas formales, acentuando la disparidad de condiciones en la contienda política.

7. Garantías del Sufragio y las Incoherencias de la Accesibilidad

La ley dedica un articulado sustancial a la protección de las garantías constitucionales del sufragio, prohibiendo la realización de actos de proselitismo en las inmediaciones de los centros de votación, la difusión de encuestas durante la veda y la violación del secreto del voto en la cabina de votación.

Asimismo, se incorporan disposiciones relativas a la accesibilidad universal, obligando a que los locales de votación cuenten con infraestructura adaptada para personas con discapacidad, mesas en plantas bajas e instrumentos especiales como la Boleta Única en Braille.

Sin embargo, existe una contradicción evidente entre la retórica de la accesibilidad y las barreras reales que la misma norma impone en el plano político. De nada sirve garantizar que un ciudadano con discapacidad pueda acceder físicamente a la mesa de votación si, al momento de revisar la oferta electoral en la Boleta Única, sus opciones han sido cercenadas de antemano por el piso del 4% o por la absorción forzada de los partidos independientes dentro de las grandes coaliciones.

La verdadera accesibilidad democrática requiere tanto la eliminación de barreras físicas como el respeto irrestricto a la diversidad de opciones políticas.

8. Autonomía Municipal y la Homogeneización desde la Capital

El texto aprobado en el dictamen extiende la aplicación obligatoria del nuevo Código Electoral y de Partidos Políticos a los comicios de Intendentes, Concejales, Comisiones Comunales y convencionales municipales en todos los distritos de la provincia, actuando también como norma supletoria para eventuales convenciones constituyentes.

Aunque la búsqueda de un marco uniforme se presenta bajo el lema de fortalecer la autonomía municipal, en los hechos el centralismo provincial impone reglas estandarizadas que ignoran las realidades políticas de las pequeñas comunidades o municipios del interior santafesino.

En muchas localidades, las dinámicas de representación responden a agrupaciones comunales, movimientos de vecinos o vecinales que nada tienen que ver con la lógica de las coaliciones provinciales. Al imponer el piso del 4% y las exigencias de personería partidaria propia de los grandes centros urbanos, la reforma electoral en santa fe termina por asfixiar el vecinalismo autogestionado, obligando a los líderes comunitarios a subordinarse a las estructuras partidarias controladas desde la capital provincial o las grandes cabeceras departamentales.

9. Régimen Punitivo y la Criminalización del Electorado

El esquema de faltas y delitos electorales incorporado en el proyecto prevé sanciones que van desde multas pecuniarias hasta inhabilitaciones y penas de prisión para quienes vulneren el proceso electivo. Se tipifican conductas como la destrucción de boletas, la violación de la veda por medios de comunicación y el incumplimiento del deber de desempeñarse como autoridad de mesa.

Si bien resulta necesario sancionar las maniobras de fraude o la compra de votos, el foco represivo del texto vuelve a revelar cierta rigidez contra el ciudadano común. En un contexto de creciente desencanto con la clase política, la abstención o la negativa a ser autoridad de mesa son expresiones sintomáticas del distanciamiento social.

Responder a ese fenómeno con amenazas de sanciones o persecución administrativa, sin revisar la calidad de la representación política ni la conducta de la propia dirigencia, demuestra una mirada punitiva que busca garantizar el funcionamiento de la maquinaria electoral a costa de la coerción sobre la ciudadanía.

10. La Abismal Distancia entre la Agenda Política y las Urgencias de la Gente

El eje central que condensa el malestar ciudadano frente al tratamiento de la reforma electoral en santa fe es la profunda brecha que separa las discusiones del recinto legislativo de la realidad cotidiana que atraviesa a la provincia.

Mientras la Cámara de Diputados y las cúpulas partidarias dedican extensas jornadas a negociar porcentajes de reparto de bancas, ingeniería para las PASO de vicegobernador y diseños de boletas para ordenar sus contiendas internas, la población de Santa Fe enfrenta emergencias sociales, económicas y ambientales de enorme gravedad.

«lo que veo es de que están con la agenda completa con la ley electoral, los Juegos Interamericanos pero se viene el niño señores y el pueblo está asustado tiene miedo estuve hablando con personas que dicen -Nos vamos a inundar-. no dan la posibilidad dan por seguro que se van a inundar y hay una total pasividad de parte de del gobierno y bueno la agenda está marcada por otra va por otro lado no va por el lado de la gente» Raúl Martinez

Familias enteras que han sufrido las consecuencias devastadoras de las crecidas manifiestan un temor real y certero de volver a perderlo todo, denunciando la falta de obras de infraestructura, previsión y asistencia por parte del Estado provincial.

Ver a los poderes públicos concentrados en resolver la «rosca» electoral y en diseñar reglas de juego convenientes para su propia perpetuación en el poder, mientras la gente común vive con la angustia de la inseguridad o la amenaza del agua, expone la desconexión total de la agenda política. La reforma electoral en santa fe se percibe, así, como un ejercicio de autoatención de la clase dirigente, un espectáculo donde la política habla de sí misma y para sí misma, dándole la espalda a las necesidades urgentes de la sociedad que pretende representar.

¿Un Sistema Diseñado para el Poder, Distante de la Ciudadanía?

La reforma electoral en santa fe perfila un escenario institucional profundamente contradictorio. Si bien formaliza la modernización de ciertos aspectos procesales y consolida la experiencia de la Boleta Única, sus cláusulas principales están marcadas por la conveniencia táctica de la coalición gobernante y por una clara tendencia a cerrar el sistema político.

La elevación del piso electoral al 4%, la insólita maniobra de las PASO cruzadas para vicegobernador y la homologación de exigencias rígidas demuestran que el nuevo código responde más a la necesidad de contener las fisuras internas del oficialismo y neutralizar a la competencia minoritaria que a un deseo genuino de democratizar las instituciones.

Mientras la Legislatura provincial avanza en la consolidación de estas reglas, el desafío principal recaerá en la ciudadanía y en los espacios independientes, quienes deberán exigir que la política abandone el ensimismamiento procedimental y vuelva a colocar en el centro de las prioridades de gobierno la protección, el bienestar y las verdaderas demandas del pueblo santafesino.

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