El reciente proyecto de Ley de Modernización Laboral presentado ante el Congreso Nacional se promociona bajo el eslogan de «la actualización y la creación de empleo», que en lo que estamos de acuerdo todos, hasta quienes la promueven, es que se trata de una flexibilización laboral agresiva que desmantela protecciones históricas del trabajador formal, mientras que para los sectores precarizados no ofrece más que la institucionalización de su desprotección. Bajo el pretexto de «seguridad jurídica» para las empresas, el proyecto propone un retorno a lógicas contractuales del siglo XIX disfrazadas de tecnología y modernidad.
El fin de la protección: La exclusión como norma
El corazón del ataque a los derechos se encuentra en la modificación del ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Al excluir de forma taxativa a los trabajadores independientes, prestadores de servicios y, fundamentalmente, a quienes operan en plataformas tecnológicas, el Estado renuncia a su rol tutelar. En lugar de reconocer que un repartidor o un conductor de aplicaciones depende económicamente de una empresa, el proyecto los etiqueta como «autónomos», privándolos de vacaciones, aguinaldo, licencias por enfermedad o protección ante el despido arbitrario.
Esta maniobra no es una «modernización»; es una quita de derechos por omisión. Para el trabajador que ya estaba fuera del sistema, esta ley no ofrece un camino hacia la estabilidad, sino que legaliza su precariedad perpetua.
El debilitamiento de la Justicia del Trabajo
Uno de los puntos más alarmantes es el cercenamiento de la autonomía judicial. El proyecto impone que los jueces deben seguir de forma obligatoria los precedentes de la Corte Suprema, lo cual, en la práctica, limita la capacidad de los magistrados de grado para interpretar las realidades territoriales o particulares de cada conflicto. A esto se suma la transferencia de la justicia laboral a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un movimiento que muchos juristas interpretan como un intento de politizar y ralentizar los procesos de reclamo obrero.
La reforma del principio de la norma más favorable es otro golpe al espíritu protector del derecho laboral. Al imponer el criterio de agrupamiento por instituciones, se impide que el trabajador pueda beneficiarse de la mejor cláusula de distintas leyes, obligándolo a aceptar «paquetes» cerrados que suelen favorecer la rentabilidad empresarial sobre la dignidad del empleado.
La institucionalización de la precariedad: RIFL y pasantías
El denominado Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) se presenta como una amnistía para empleadores que han mantenido personal en negro. Si bien el objetivo de blanquear trabajadores es loable, el proyecto lo hace a costa de perdonar deudas de seguridad social y multas, enviando un mensaje peligroso: evadir las leyes laborales sale gratis si se espera al próximo perdón fiscal.
Más grave aún es la desnaturalización de los beneficios sociales. Al ampliar la lista de conceptos no remunerativos (vales de comida, guarderías, capacitaciones), el proyecto permite que una parte sustancial del ingreso del trabajador no compute para el cálculo de indemnizaciones, aguinaldos o jubilaciones. Es, en esencia, una reducción salarial encubierta a largo plazo.
Un ataque al derecho de huelga y la organización sindical
La «modernización» también llega para disciplinar la protesta. Al catalogar actividades como la educación, el transporte o la producción de combustibles como servicios esenciales o de importancia trascendental, el proyecto restringe de forma drástica el derecho de huelga. Exigir guardias mínimas del 50% o incluso del 75% en ciertos sectores vacía de contenido la medida de fuerza, convirtiéndola en un acto meramente simbólico e ineficaz para presionar por mejoras salariales.
Además, la tipificación de las asambleas como prácticas desleales si «interfieren» con la actividad de la empresa busca silenciar la organización en el lugar de trabajo. El proyecto pretende sindicatos dóciles y desfinanciados, al establecer que las cuotas solidarias sean voluntarias, rompiendo el principio de solidaridad que sostiene la negociación colectiva.
Conclusión: Una ley para el capital, no para el trabajo
En definitiva, este proyecto de ley no crea empleo; crea impunidad patronal. La promesa de que la quita de derechos redundará en más contrataciones es una falacia económica que la historia argentina ya ha desmentido en las décadas de los 90 y durante el gobierno de Mauricio Macri.
Lo que el texto busca es reducir el «costo argentino» a través del sacrificio del bienestar de la clase trabajadora. No hay en estas páginas un solo incentivo para mejorar la calidad de vida de quienes hoy están en la informalidad; por el contrario, se les ofrece la formalización de su propia exclusión. Estamos ante un esquema de flexibilización laboral que debilita el tejido social y profundiza la desigualdad en nombre de una modernidad que solo beneficia a los balances de las grandes empresas.
nota: el texto que se adjunta es el proyecto de ley presentado en diciembre de 2025, la discusión en senadores del día 11 de febrero cuenta con algunas modificaciónes.