
Del álbum familiar en el cajón a la nube pública y permanente
El cruce inevitable entre las infancias y la inteligencia artificial representa uno de los desafíos éticos, legales y de seguridad más urgentes de la era hiperconectada. Durante décadas, la memoria familiar se resguardaba en la intimidad del hogar. Un álbum de fotos con tapas de tela o cuero, custodiado en el cajón del living o en un estante alto del placard, reservaba los recuerdos de la infancia: el primer baño, el festival escolar, las vacaciones en la playa o una tarde de cumpleaños desordenada. Esos registros eran analógicos, finitos y, sobre todas las cosas, privados.
Su circulación estaba estrictamente acotada al núcleo familiar e íntimo. La imagen del menor pertenecía a la esfera de lo doméstico, un espacio protegido de la mirada ciega del espacio público.
Sin embargo, en la era de la hiperconectividad, las fronteras de lo privado se han vuelto porosas y la relación entre las infancias y la inteligencia artificial exige revisar cómo la evolución tecnológica ha transformado la forma en que los adultos ejercen la paternidad y la maternidad. Lo que antes era un registro íntimo y reservado se ha mudado de manera masiva hacia los entornos digitales. Hoy, las vivencias cotidianas de los menores son capturadas, editadas, etiquetadas y publicadas en plataformas públicas en tiempo real.
Esta costumbre ha dado lugar a un fenómeno conocido como sharenting —término nacido de la intersección en inglés entre share (compartir) y parenting (paternar/maternar)—, que refiere a la práctica sistemática y excesiva de exponer la vida de los hijos en redes sociales.
Lo que a primera vista se presenta como una expresión natural de orgullo parental o búsqueda de contención entre pares, encierra una dimensión crítica: la construcción prematura e involuntaria de la identidad digital infantil. Antes de que un niño aprenda a caminar o a hablar, el mundo digital ya ha comenzado a edificar su perfil público. Esta huella, moldeada por los adultos sin el consentimiento del niño, plantea dilemas éticos y de ciberseguridad que cuestionan la naturaleza misma de la infancia en el siglo XXI.
1. La maquinaria del consentimiento (in)formado y la cesión de derechos
Para comprender la problemática estructural que une a las infancias y la inteligencia artificial, es indispensable analizar las condiciones sobre las cuales se erigen las plataformas digitales modernas. La interacción cotidiana con la tecnología se sostiene sobre una ficción jurídica: la idea de que los usuarios otorgan un consentimiento libre e informado al utilizar un servicio.
Cada vez que un usuario descarga una red social o una aplicación de mensajería, se enfrenta a un extenso pliego de términos y condiciones redactado en lenguaje críptico. Impulsados por la inmediatez y la necesidad de conectividad, casi la totalidad de los usuarios marca la casilla de aceptación sin leer una sola línea. En ese acto rutinario se desencadena el primer punto de fricción ética respecto a cómo se procesan los datos de los menores.
Al subir la fotografía de un hijo a una plataforma privada, los adultos no solo están compartiendo un momento con sus contactos; están aceptando licencias de uso que otorgan a corporaciones multinacionales derechos sobre el tratamiento de esos archivos. Las plataformas digitales no son meros álbumes de fotos virtuales ni plazas públicas neutras: son maquinarias comerciales cuya rentabilidad se basa en el procesamiento masivo de datos, el entrenamiento de algoritmos y la monetización de la atención.
Existe un desconocimiento extendido sobre la permanencia de la información en el entorno digital. Muchos adultos asumen que el borrado de una imagen o la eliminación de una cuenta personal borra automáticamente la presencia de esa foto en la red. Sin embargo, la huella digital permanece asociada a los servidores, a los respaldos informáticos y a los historiales de datos que alimentan modelos algorítmicos.
El problema de fondo radica en que los padres están regalando el consentimiento sobre la imagen de sus hijos. Se trata de un consentimiento no informado que compromete la intimidad de un tercero que no tiene la capacidad cognitiva ni legal para evaluar las implicancias de esa cesión. La inmediatez de la red opaca la perspectiva a largo plazo, transformando un acto afectivo en una entrega gratuita de activos digitales a un sistema de vigilancia corporativa.
2. La estadística de la sobreexposición y la construcción de la huella temprana

Las dimensiones cuantitativas del sharenting revelan que no estamos ante casos aislados o conductas excepcionales, sino frente a un patrón sociocultural consolidado. Diversos estudios e informes sobre infancia y tecnología elaborados por organismos internacionales, como UNICEF, advierten sobre la velocidad con la que se acumulan datos biométricos e imágenes de menores en la nube.
Cifra clave: Para cuando un niño alcanza los 5 años de edad, ya cuenta en promedio con aproximadamente 1.000 imágenes suyas alojadas en la nube, subidas por sus propios padres o familiares cercanos.
Este volumen masivo de información gráfica conforma un archivo digital exhaustivo que abarca desde la primera ecografía antes del nacimiento —fenómeno conocido como presharenting— hasta los primeros pasos, enfermedades, berrinches, logros académicos y momentos de vulnerabilidad emocional.

Esta construcción temprana de la identidad digital invierte el proceso natural de desarrollo humano. La identidad ha sido históricamente una búsqueda individual, un proceso dinámico de exploración, ensayo, error y autodescubrimiento que se despliega a lo largo de los años. En el contexto de las redes, la identidad es preconstruida por los adultos y entregada al espacio público de forma empaquetada. Cuando el menor crece y toma conciencia de su presencia en internet, se encuentra con que su historia de vida ya ha sido narrada, editada y expuesta ante una audiencia indeterminada. Esta narrativa heredada puede no coincidir con la forma en que el individuo desea presentarse ante el mundo.
3. El marco legal: Entre el derecho personalísimo y la brecha cotidiana
El debate que conecta a las infancias y la inteligencia artificial pone en tensión conceptos jurídicos tradicionales con las dinámicas de la tecnología moderna. El punto central de esta discusión gira en torno a la naturaleza del derecho a la imagen y a la intimidad, los cuales son considerados derechos personalísimos: bienes jurídicos inalienables, imprescriptibles e inherentes a la dignidad de toda persona humana, sin importar su edad. En la legislación argentina, la protección de la infancia cuenta con un marco normativo claro:
El Código Civil y Comercial de la Nación: Reconoce de manera explícita el derecho a la imagen y consagra la necesidad del consentimiento expreso para su captación o reproducción.
La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: Garantiza el derecho a la vida privada, a la intimidad y a la reputación.
La Convención sobre los Derechos del Niño: Posee jerarquía constitucional e impone el principio del Interés Superior del Niño, la pauta rectora que debe guiar todas las decisiones de los adultos e instituciones.
Existe una paradoja jurídica estructural. La patria potestad o responsabilidad parental otorga a los padres la facultad de representar legalmente a sus hijos y administrar sus derechos mientras sean menores de edad. Sin embargo, esta facultad no es un poder absoluto ni arbitrario: es una función de protección diseñada para velar por el bienestar integral del menor.
Cuando los adultos publican imágenes de sus hijos para obtener validación social, interacción o beneficios económicos, se produce una colisión entre el ejercicio de la responsabilidad parental y la vulneración del derecho a la intimidad del niño. La brecha entre el espíritu de la ley y la práctica cotidiana es abismal. Mientras que las leyes consideran al niño como un sujeto de derecho pleno cuya intimidad debe ser resguardada, las prácticas digitales de los adultos a menudo lo reducen a un objeto de exhibición.
El escenario internacional ha comenzado a sentar precedentes regulatorios estrictos. Un ejemplo claro es la legislación impulsada en Francia, que avanzó hacia la penalización del sharenting extremo y consagró que la gestión de la imagen del hijo debe ejercirse conjuntamente por ambos padres considerando la opinión del menor. Este tipo de marcos busca recordar que la patria potestad no concede la propiedad sobre la imagen del hijo, sino la obligación de custodiarla.
4. Riesgos latentes: La amenaza de la Inteligencia artificial y el uso malicioso sobre las infancias
En el contexto actual, el vínculo entre las infancias y la inteligencia artificial presenta matices de extrema gravedad que trascienden la discusión sobre la privacidad. Las herramientas modernas de aprendizaje profundo y síntesis de imagen permiten extraer el rostro de un niño de una fotografía familiar publicada de forma abierta y clonarlo en modelos tridimensionales con un realismo alarmante.
Los datos hasta 2026 hablan de que más de 1,2 millones de niños, niñas y adolescentes han advertido ser expuestos a riesgos vinculados con material audiovisual generado o alterado mediante inteligencia artificial.
Las imágenes cotidianas de niños en la playa, en la pileta, luciendo el uniforme escolar o realizando gestos graciosos son descargadas por redes de explotación o ciberdelincuentes. Estas fotografías son luego procesadas mediante algoritmos de IA generativa para crear contenidos sintéticos no autorizados, montajes hiperrealistas o falsificaciones que alimentan mercados ilegales en la internet profunda (dark web).
Adicionalmente, la sobreexposición en redes combinada con herramientas de IA alimenta otros riesgos severos:
Geolocalización no deseada: Las imágenes subidas en tiempo real suelen contener metadatos de ubicación o elementos contextuales identificables (escudo del colegio, fachada del hogar, parques habituales). La IA permite procesar estas imágenes en lote para trazar patrones de rutina y ubicación física del menor.
Robo de identidad digital y clonación de voz: La acumulación de datos personales —nombre completo, fecha de nacimiento, tono de voz en videos cotidianos, nombres de familiares— otorga a los ciberdelincuentes los insumos necesarios para efectuar suplantaciones de identidad, fraudes financieros o estafas mediante llamadas generadas por IA.
Bullying y descontextualización: Fotografías subidas durante la infancia con intenciones afectivas pueden ser recuperadas años más tarde por terceros y procesadas con herramientas de edicion algorítmica para alimentar campañas de acoso escolar, ciberacoso o contenido satírico que daña severamente la autoestima del menor.
Lo que comenzó como una publicación inocente impulsada por el deseo de compartir la alegría familiar puede derivar en un problema de seguridad digital que persiga al menor durante su vida joven y adulta.
5. Hacia un nuevo paradigma: Crianza digital responsable y consentimiento activo
Frente a este panorama, la respuesta no debe ser el pánico, el aislamiento digital ni la prohibición absoluta de la tecnología. Las pantallas forman parte indeleble de la sociedad contemporánea y privar a las familias de registrar sus momentos felices sería una postura irreal.
El desafío urgente radica en la construcción de un nuevo paradigma de crianza digital. Este enfoque implica desplazar el foco de atención: la ciberseguridad y el cuidado en internet no se logran únicamente instalando aplicaciones de filtro parental en los dispositivos de los niños, sino ejercitando una profunda introspección sobre la conducta digital de los propios adultos responsables.
Para avanzar hacia un ejercicio ético y seguro de la maternidad y paternidad en entornos donde interactúan las infancias y la inteligencia artificial, los especialistas recomiendan aplicar un conjunto de pautas de acción concretas:
A. La regla de la pausa reflexiva («Pensar dos veces»)
Antes de hacer clic en el botón de publicar, el adulto debe hacer una pausa e interrogarse críticamente sobre la conveniencia del contenido. Algunas preguntas esenciales incluyen:
¿Esta foto muestra a mi hijo en una situación de vulnerabilidad, desnudo, llorando, enfermo o haciendo un berrinche?
¿Me gustaría que una foto equivalente mía fuera publicada ante cientos de desconocidos?
¿Esta imagen podría avergonzarlo o perjudicarlo dentro de diez años cuando busque su primer empleo o interactúe con sus pares?
B. Gestión estricta de la privacidad técnica
Si se decide compartir una imagen, se deben maximizar los filtros de seguridad técnicos para dificultar la extracción masiva de datos por parte de algoritmos e IA:
Mantener los perfiles de redes sociales en modo privado y auditar periódicamente la lista de seguidores.
Crear listas reducidas de amigos cercanos o utilizar canales de mensajería encriptada para compartir fotos exclusivamente con el círculo familiar íntimo.
Desactivar la opción de geolocalización en la cámara del teléfono y evitar que en las imágenes aparezcan datos identificables como insignias escolares o direcciones.
C. El diálogo pedagógico y la búsqueda del consentimiento
El proceso de alfabetización digital debe comenzar en el hogar desde la más temprana infancia. Resulta fundamental incorporar el hábito de preguntar al niño si desea ser fotografiado y si está de acuerdo con que esa imagen sea compartida con otras personas.
Aunque un niño de corta edad no comprenda la arquitectura de internet o cómo funcionan los algoritmos de entrenamiento, el acto de pedirle permiso transmite un mensaje pedagógico poderoso: tu cuerpo es tuyo, tu imagen te pertenece y nadie puede disponer de ella sin tu aprobación.
Esta práctica sienta las bases para que el menor desarrolle un concepto saludable del consentimiento corporal y digital, dotándolo de herramientas para protegerse a sí mismo cuando empiece a navegar el espacio virtual de forma autónoma.
Conclusión: Nuestros hijos no son modelos ni marcas personales
El debate profundo sobre la relación entre las infancias y la inteligencia artificial trasciende las cuestiones técnicas de la ciberseguridad o los análisis normativos del derecho de familia. En su centro latente descansa una pregunta filosófica sobre el valor de la infancia en la sociedad del espectáculo.
En una cultura atravesada por el consumo de atención, el algoritmo premia la exhibición constante, la estética perfecta y la transformación de la cotidianidad en contenido comerciable. En este engranaje, es alarmante la facilidad con la que la vida de los niños corre el riesgo de ser instrumentalizada. Los hijos no son accesorios para la construcción del perfil digital de los padres, no son modelos publicitarios no remunerados ni marcas personales destinadas a cosechar interacciones y aprobación social.
La privacidad no es un lujo obsoleto de la era analógica; es un derecho humano fundamental que garantiza el espacio necesario para que un individuo crezca, experimente, cometa errores y construya su identidad al margen del escrutinio público permanente. La intimidad cedida en internet es un territorio que difícilmente se pueda reconquistar.
La responsabilidad ineludible de los adultos en la era digital es actuar como un escudo protector frente a la sobreexposición. Garantizar que la huella digital que nuestros hijos hereden mañana sea el reflejo de un camino cuidado con amor, respeto y prudencia, y no una carga impuesta por la inmediatez de una pantalla, es quizás una de las formas más profundas de cuidado que podemos ofrecerles en el siglo XXI.
Comprender la complejidad de la relación entre las infancias y la inteligencia artificial es el primer paso indispensable para resguardar una identidad que les pertenece exclusivamente a ellos.
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